SORTEO MINIPORTATIL 2010
Cofisad Formación Profesional, s.a.(en adelante COFISAD), realizará una promoción, en el que los participantes, por el mero hecho de participar, aceptan plena e incondicionalmente las presentes bases y el criterio de COFISAD, en cuanto a la resolución de cualquier cuestión derivada del presente sorteo.
BASES DE LA PROMOCION COFISAD 20010
AMBITO TERRITORIAL Y PARTICIPACION EN EL SORTEO: Podrá participar gratuitamente en la promoción toda aquella persona residente en el territorio gallego, con un mínimo de 17 años, que entre en la página web de COFISAD y se inscriba en el presente sorteo.
PROCEDIMIENTO DE LA PROMOCIÓN: Los ganadores serán seleccionados por procedimiento totalmente aleatorio y automático de entre los participantes que cumplan con los requisitos anteriormente especificados.
COFISAD, se reserva el derecho a dar de baja y expulsar instantáneamente a cualquier participante que no cumpla las presentes condiciones, con la correspondiente cancelación de su participación.
En caso de identificación incompleta, incorrecta o incumplimiento de los requisitos exigidos en las presentes bases o imposibilidad de localizarle transcurridos los plazos que mas adelante se especifican, se procederá de nuevo al sorteo para que nuevos participantes sustituyan a los ganadores.
COFISAD, no se hace responsable de los errores, interrupciones, defecto, tardanza de operaciones o transmisiones, robo, destrucción, acceso no autorizado o alteraciones de los materiales de inscripciones del sorteo, o por cualquier mal funcionamiento, mala transmisión o error en recibir cualquier información de COFISAD.
COFISAD, tampoco se hace responsable de los errores técnicos de tráfico, congestión en ninguna conexión a Internet, etc.
FECHA DE INICIO Y FIN DE LA ACCION Y FECHA DEL SORTEO: La presente promoción comenzará el 15 de junio de 2010 y terminará el 15 de octubre de 2010. El sorteo se realizará ante notario en la primera quincena de noviembre de 2010.
NOTIFICACION A LOS GANADORES: La notificación del resultado del sorteo se realizara por e-mail.
COFISAD no tiene ninguna obligación de notificar a los ganadores por ningún otro medio además de por e-mail.
Desde la recepción de la notificación del premio, el ganador dispondrá de diez días, para contestar confirmando la aceptación del premio.
Si el ganador no respondiera en el plazo anteriormente estipulado, se procederá a sortear hasta un máximo de siete veces. En caso de que al final del proceso no se localizara a ninguna de las siete personas, el premio quedara en poder de la organización.
PREMIO:
El premios de la presente promoción, es el siguiente:
- Miniportatil EEPC900
- 1GB RAM
- HD 20G
- SO: Linux
- Webcam
- Bluetooth
Este premio es personal e intransferible y en ningún caso podrá ser objeto de cambio, alteración o compensación económica o de otro tipo a petición del ganador.
COFISAD se reserva el derecho a modificar los premios, por otros de igual o superior valor promocional de considerarlo necesario, comprometiéndose, en todo caso, a publicar la modificación a través de www.cofisad.es
El premio será recogido en las instalaciones de cofisad.
COFISAD no se responsabiliza de las posibles perdidas, deterioros, robos, retrasos o cualquier otra circunstancia imputable a Internet o a terceros que puedan afectar a los envíos. En ningún caso COFISAD, será responsable de los servicios que cualquier otra entidad con la que esta colabore, presten a los agraciados como consecuencia de los premios entregados.
FISCALIDAD DEL PREMIO: Al premio del presente sorteo, le será de aplicación la Ley 35/2006 del 28 de Noviembre de la ley sobre el impuesto de la Renta de las Personas Físicas, del BAl pOE del 29 de Noviembre, que viene regulado por el Reglamento artículo 105 del Real Decreto 439/2007 del 30 de Marzo publicado en el BOE del 31 de marzo de 2007, por lo que, en su caso, corresponderá a la entidad mercantil COFISAD la realización del ingreso a cuenta o la práctica de la retención procedente.
LEGISLACION Y COMPETENCIA: Las presentes bases se rigen por la ley española y tanto los participantes como COFISAD, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles, se someten expresamente, para el conocimiento de cualquier litigio que pudiera plantearse en cuanto a la interpretación o aplicación de las presentes Bases, a la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales de Coruña.
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